La semana pasada hablábamos sobre la necesidad de la formación de los conductores que transportasen animales vivos.
Fuente: Banco Imágenes ITE. |
Pues bien, después repasar la normativa europea referente al transporte de animales vivos (ya sabéis cual es), no parece muy claro si se precisa que los conductores tengan formación o no para cualquier tipo de viaje, con independencia de su duración.
Por tanto, y a la vista de lo anteriormente leído, mi propuesta es la siguiente:
Buscad en la "ya conocida legislación europea" en qué artículos se menciona la formación del personal relacionado con el transporte de animales vivos, cuál es el contendio de dichos artículos y, según lo descrito en los mismos, qué entendéis vosotros.
Espero respuesta por vuestra parte.
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