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martes, 26 de enero de 2016

301 SIRENTRA


¿Qué es el SIRENTRA?
Contesta a esta pregunta.
De todas formas, accede al siguiente enlace y, quizás, puedas hacerte una idea de qué es.
En clase haremos alguna práctica en esta página.
Fuente: Banco Imágenes ITE

300 EJERCICIOS ANIMALES VIVOS


Llegados a este punto, hagamos una nueva tanda de ejercicios, pero esta vez sobre el Transporte de Animales Vivos.
1.- ¿Por qué piensas que es importante el estudio de esta especialidad del transporte?
2.- Enumera la legislación vigente sobre el Transporte de Animales Vivos.
3.- Inidica, al menos, 5 razones que motivaron la modificación de la anterior legislación europea y la aprobación del acutal Reglamento.
4.- Hablando de Reglamentos, ¿sabrías decir la diferencia entre una Directiva y un Reglamento de la Unión Europea?
5.- ¿Cuál es el objeto de la Orden de 22 de marzo de 2007 por la que se dictan normas sobre el transporte de animales en garantía de bienestar?
6.- Teniendo en cuenta los establecido en el Reglamento 1/2005, define los siguientes conceptos:
  • Cuidador.
  • Autoridad Competente.
  • Contenedor.
  • Poseedor.
  • Organizador.
7.- Enumera los trámites que debe realizar una persona física o jurídica para transportar animales vivos.
8.- ¿Quiénes no requerirán autorización previa?
9.- Una vez solicitada la autorización, enumera quién la aprueba o rechaza, qué validez tiene, idiomas, tipos, efectos, plaza de resolución, posibilidad de recurrir.
10.- Doña Isabel Gómez Luna tiene una explotación de ganado caprino en Zalamea de la Serena. Suele llevar al matadero de Castuera, que está a unos 15 kilómetros, a los animales que van a ser sacrificados para su venta en carnicerías. Para ello utiliza habitualmente un remolque acoplado a su turismo. ¿Qué autorizaciones habrá tenido que solicitar Doña Isabel? Razona tu respuesta.
11.- ¿Cuál es el plazo para solicitar el cambio de circunstancias en la situación del transportista de animales vivos? ¿En qué plazo resolverá la Administración Autonómica?
12.- ¿Cuál es el plazo de conservación del libro registro de transporte de animales vivos?
13.- ¿Cómo se configura el Registro del Transporte de animales vivos?
14.- Una vez solicitada la autorización para el transporte de animales vivos, la administración autonómica adjudica a la persona física o jurídica solicitante un número de registro. Busca en el R.D. 751/2006 cómo se forma este número.
15.- ¿En qué casos se consideran aptos para el transporte los animales heridos o enfermos?
16.- ¿Se le pueden administrar sedantes a los animales para su transporte?
17.- Cuando el animal que se transporte sea salvaje, tímidos o peligrosos, ¿qué otros documentos se deberán aportar?
18.- Al hilo de lo mencionado en la pregunta 14, ¿podrías decir si el R.D. 751/2006 establece algún documento necesario además de los mencionados en la Orden de 22 de marzo de 2007 de la Junta de Extremadura?

299 FORMACIÓN CONDUCTORES ANIMALES VIVOS


Esta semana hemos hablado sobre la necesidad de la formación de los conductores que transportasen animales vivos.
Fuente: Banco Imágenes ITE.
La legislación autonómica, en lo que se desprende de la misma (orden de 22 de marzo de 2007) y según se puede observar en los impresos de solicitud de autorizaciones para viajes de duración superior a 8 horas, establece que para ese tipo de viajes es necesaria la formación de los conductores o cuidadores que acompañen ese transporte.
Pues bien, después repasar la normativa europea referente al transporte de animales vivos (ya sabéis cual es), no  parece muy claro si se precisa que los conductores tengan formación o no para cualquier tipo de viaje, con independencia de su duración.
Por tanto, y a la vista de lo anteriormente leído, mi propuesta es la siguiente:
Buscad en la "ya conocida legislación europea" en qué artículos se menciona la formación del personal relacionado con el transporte de animales vivos, cuál es el contendio de dichos artículos y, según lo descrito en los mismos, qué entendéis vosotros.
Espero respuesta por vuestra parte.

miércoles, 9 de febrero de 2011

180 ANIMALES VIVOS

Continuamos realizando ejercicios.
En esta ocasión relacionadas con la parte que trata sobre el transporte de animales vivos. Son los que vemos a continuación:
1.- ¿Por qué piensas que es importante el estudio de esta especialidad del transporte?
2.- Enumera la legislación vigente sobre el Transporte de Animales Vivos.
3.- Inidica, al menos, 5 razones que motivaron la modificación de la anterior legislación europea y la aprobación del acutal Reglamento.
4.- Hablando de Reglamentos, ¿sabrías decir la diferencia entre una Directiva y un Reglamento de la Unión Europea?
5.- ¿Cuál es el objeto de la Orden de 22 de marzo de 2007 por la que se dictan normas sobre el transporte de animales en garantía de bienestar?
6.- Teniendo en cuenta los establecido en el Reglamento 1/2005, define los siguientes conceptos:
  • Cuidador.
  • Autoridad Competente.
  • Contenedor.
  • Poseedor.
  • Organizador.
7.- Enumera los trámites que debe realizar una persona física o jurídica para transportar animales vivos.
8.- ¿Quiénes no requerirán autorización previa?
9.- Una vez solicitada la autorización, enumera quién la aprueba o rechaza, qué validez tiene, idiomas, tipos, efectos, plaza de resolución, posibilidad de recurrir.
10.- Doña Isabel Gómez Luna tiene una explotación de ganado caprino en Zalamea de la Serena. Suele llevar al matadero de Castuera, que está a unos 15 kilómetros, a los animales que van a ser sacrificados para su venta en carnicerías. Para ello utiliza habitualmente un remolque acoplado a su turismo. ¿Qué autorizaciones habrá tenido que solicitar Doña Isabel? Razona tu respuesta.
11.- ¿Cuál es el plazo para solicitar el cambio de circunstancias en la situación del transportista de animales vivos? ¿En qué plazo resolverá la Administración Autonómica?
12.- ¿Cuál es el plazo de conservación del libro registro de transporte de animales vivos?
13.- ¿Cómo se configura el Registro del Transporte de animales vivos?
14.- Una vez solicitada la autorización para el transporte de animales vivos, la administración autonómica adjudica a la persona física o jurídica solicitante un número de registro. Busca en el R.D. 751/2006 cómo se forma este número.
15.- ¿En qué casos se consideran aptos para el transporte los animales heridos o enfermos?
16.- ¿Se le pueden administrar sedantes a los animales para su transporte?
17.- Cuando el animal que se transporte sea salvaje, tímidos o peligrosos, ¿qué otros documentos se deberán aportar?
18.- Al hilo de lo mencionado en la pregunta 14, ¿podrías decir si el R.D. 751/2006 establece algún documento necesario además de los mencionados en la Orden de 22 de marzo de 2007 de la Junta de Extremadura?

Plazo de entrega: martes 14 de febrero de 2011.

lunes, 7 de febrero de 2011

177 FORMACIÓN EN EL TRANSPORTE DE ANIMALES VIVOS

La semana pasada hablábamos sobre la necesidad de la formación de los conductores que transportasen animales vivos.
Fuente: Banco Imágenes ITE.
La legislación autonómica, en lo que se desprende de la misma (orden de 22 de marzo de 2007) y según se puede observar en los impresos de solicitud de autorizaciones para viajes de duración superior a 8 horas, establece que para ese tipo de viajes es necesaria la formación de los conductores o cuidadores que acompañen ese transporte.
Pues bien, después repasar la normativa europea referente al transporte de animales vivos (ya sabéis cual es), no  parece muy claro si se precisa que los conductores tengan formación o no para cualquier tipo de viaje, con independencia de su duración.
Por tanto, y a la vista de lo anteriormente leído, mi propuesta es la siguiente:
Buscad en la "ya conocida legislación europea" en qué artículos se menciona la formación del personal relacionado con el transporte de animales vivos, cuál es el contendio de dichos artículos y, según lo descrito en los mismos, qué entendéis vosotros.
Espero respuesta por vuestra parte.